Vivienda y servicios públicos
Vivienda para adultos mayores
¿Qué se entiende por "plazo razonable"?
- Es el derecho a obtener una respuesta del organismo estatal a quien se le formula un determinado planteo dentro de un tiempo prudencial. Esta garantía tiende a evitar que los/as peticionarios/as se vean perjudicados/as por demoras excesivas de las entidades públicas.
- Frente a la ausencia de respuesta en el plazo que sea aplicable al caso, podés presentar una nota llamada “pronto despacho” para que se resuelva el planteo pendiente. Si aún así no se obtiene respuesta, hay silencio de la Administración, lo que implica que se puede reclamar ante el Poder Judicial.